SIEMPRE MARIKA NUNCA COBARDE



SIEMPRE MARIKA NUNCA COBARDE

VIOLENCIA HACIA LA COMUNIDAD LGBTIQ+: FUERZAS DE (IN)SEGURIDAD, SALUD Y SISTEMA JUDICIAL


Al comprender y tratar sobre violencia institucional, se puede decir que, al menos en la Argentina, hay ciertos grupos y personas que son especialmente agredidas y violentadas por parte de los organismos de Estado de manera sistemática, silenciosa y con un cierto aval de la población.
 En los últimos cinco años, dentro de la larga extensión de territorio latinoamericano se ha desarrollado un amplio frente de feminismos que pusieron en valor y en tela de juicio la existencia de las mujeres y femineidades como cuerpxs atravesadxs por la violencia machista, estatal, mediática, y posicionando al feminismo, no como un fenómeno estrictamente contemporáneo sino como una resistencia ante el femicidio, el acoso, los derechos reproductivos y no reproductivos, el espacio dentro de la sociedad y el respeto ante lo no varón hétero cis blanco.
También podemos nombrar los movimientos populares y de barrios carenciados y dejados de lado por el Estado, como lo son los movimientos villeros en Argentina. Es el movimiento villero el que trae y lleva consignas de repensar el territorio, ocuparse de las juventudes del barrio y seguir exigiendo los derechos básicos que se les fueron negados, como el derecho de vivir en condiciones dignas y sin la persecusíon y hostigamiento de las fuerzas de (in)seguridad.
Otro grupo violentado es la comunidad LGBTIQ+, desde el recorte a hormonas para las personas trans, el incremento de los travesticidios y asesinatos anónimos hacia lxs integrantes de la comunidad, los crímenes de odio, la falta de insumos y presupuesto destinado hacia tratamientos, protección e implementación de las leyes que resguardan los derechos de las personas LGBTIQ+.
Si bien se podría seguir hablando y enumerando el resto de grupos violentados, como los pueblos originarios, las personas neurodiversas, las personas en extrema vulnerabilidad social e indigencia, este artículo pretende encaminar la crítica hacia el Estado al vulnerar a la comunidad LGBTIQ+ en América Latina, más específico en el territorio argentino. Es así, que el esqueleto de este relato e investigación se inclinará hacia tres enfoques: las fuerzas de seguridad; el sistema de salud; y el sistema jurídico. La información extraída para este escrito proviene de datos de la CIDH[i] (Comisión Interamericana de Derechos Humanos) y noticias provenientes de medios de comunicación tanto argentinos y latinoamericanos.

LAS FUERZAS DE (IN)SEGURIDAD

                                                                                             

Acoso y ejecuciones extrajudiciales


Una de las situaciones más recurrentes que las fuerzas de seguridad realizan con insensibilidad y falta de criterio son las ejecuciones extrajudiciales. Se comprende a ella como “las privaciones del derecho a la vida perpetradas ilegalmente por agentes del Estado”. Si bien la realizan hacia las poblaciones más vulnerables como hacia cualquier persona que suponga estar rompiendo con la normatividad, es hacia la comunidad LGBTIQ+ que acosan de manera sistemática, e incluso con el aval de la población.
Es notable la cantidad de transfemicidios y travesticidios cometidos a manos de oficiales de policía; y es aquí donde se puede palpar que “los motivos incluyen venganza contra quienes denuncian actos ilegales cometidos por los oficiales así como el resultado de discusiones con la policía respecto de “favores sexuales” o dinero”. Asimismo, las personas más vulnerables a ejecuciones extrajudiciales son, según el Relator Especial de la ONU, lxs cuerpxs gays, bisexuales y trans. En abril de 2019 -en Salta, Argentina-, un policía golpeó a una mujer trans de 23 años en plena calle, “y la dejó con contusiones y una herida cortante en la cabeza”[1]. Pía Ceballos, de ATTTA Salta, explicó que el atropello a la comunidad trans es constante y hay “casos aislados se han presentado en diferentes barrios en relación a que no pueden caminar de día porque o son hostigadas o son detenidas y son los mismos vecinos que salen a defender a las compañeras trans”. Otro caso es el de Billy Molina, a quien en enero del mismo año, un policía la agredió y escapó en medio de una fiesta popular en La Rioja[2].


                Tortura y tratos crueles


Pero el acoso –por desgracia- no es el único ni el último ejercicio de los agentes del Estado. Se dan a conocer cada vez más los casos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes que atentan directamente contra la dignidad e identidad de la persona.
En América Latina, hay varios estatutos y resoluciones que protegen la seguridad de las personas y su integridad. A continuación, se citan algunas: “los artículos I y XXV de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y los artículos 5 y 7 de la Convención Americana protegen el derecho a la seguridad personal, el derecho a la integridad personal y el derecho de toda persona a no ser sometida a detenciones arbitrarias e ilegales. Además, la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura […] establece las obligaciones de los Estados de prevenir, investigar, sancionar y reparar actos de tortura”. Este tratado comprende y exige que los Estados adopten medidas para que en las capacitaciones de agentes de la policía, y de otros funcionarios públicos responsables de la custodia de las personas privadas de libertad, se ponga especial énfasis en la prohibición de la tortura.
Así también, desde la CIDH han comunicado que las normas que regulan los procedimientos policiales deben establecer “claramente que ningún oficial encargado de hacer cumplir la ley puede infligir, instigar o tolerar cualquier acto de tortura u otro tratamiento o pena cruel, inhumano o degradante,” y que todo miembro de las fuerzas de seguridad debe denunciar de inmediato cualquier caso de tortura o trato cruel, inhumano o degradante del que tenga conocimiento (sic).
En el Registro de Violencia de la CIDH, se documentaron cuarenta y tres casos de abuso policial entre enero de 2014 y marzo de 2015; ha señalado que estos crímenes violentos y basados en el odio conllevan a que otrxs ciudadanxs crean que pueden hacer daño impunemente a personas con orientaciones sexuales e identidades de género no normativas; y que, tanto las fuerzas de seguridad como la policía -u otros organismo del Estado que deben mantener el orden público-, comparten las mismas actitudes y prejuicios contra personas LGBTIQ+ que prevalecen en la sociedad en general.

La detención arbitraria es otra importante preocupación en el contexto general de abuso policial hacia personas de la comunidad: oficiales de la policía privan de su libertad a personas LGBTIQ+ en base al supuesto “escándalo público” -porque consideran su presencia como una amenaza para la “moral pública”-. Se dan particularmente hacia las mujeres trans y trabajadoras sexuales trans, quienes están en una situación más vulnerable ante abusos policiales, y son sometidas con regularidad a tratos inhumanos al ser detenidas. Otro caso en Salta, en el que “dos hombres y tres mujeres atacaron a dos mujeres trans que estaban almorzando. A una de ellas le provocaron lesiones serias en la boca”[3]. Luego, cuando fueron a radicar la denuncia, la Policía se negó a tomarla. 
La violencia ocurre con mayor regularidad en todas las etapas de custodia policial, -incluyendo la aprehensión, el transporte en vehículos policiales y en los centros de detención-.

Entre las formas de abuso más comúnmente denunciadas se encuentran:
Ø  las extorsiones y demanda de favores sexuales; uso excesivo de la fuerza;
Ø  palizas;
Ø  uso de armas de fuego para herir o incapacitar a las víctimas; casos en los que las mujeres trans se ven obligadas a desnudarse completamente en público, así como constante hostilidad y actos de humillación como quitarles forzadamente sus pelucas;
Ø  uso malintencionado o deliberado de un género distinto al cual se identifican para referirse a ellas (misgendering);
Ø  abusos verbales reiterados

No es noticia que sean arrestadxs en base a su apariencia, a su caminar maricón, a su orgullo puteril, a su amenazante disconformidad ante lo normativo.
Como si esto no fuera poco, desde la CIDH han recibido informes de múltiples organizaciones sobre casos en los que agentes de la incitan a otras personas a atacar a personas LGBTIQ+, o son indiferentes hacia la violencia que se les perpetra. Desde ignorar hasta no querer tomar denuncias, como el caso de una pareja homosexual que fue agredida por un grupo de varones. Al querer realizar la denuncia, los agentes no quisieron tomarla. Al final, que quedó tipificada como “lesiones leves”[4].
Un ejemplo más cercano, cuando Diana Sacayán[ii] fue insultada y atacada en un bar en el año 2013, buscó ayuda de dos agentes de gendarmería que estaban cerca. Ellos hablaron con el agresor, le permitieron irse y después le dijeron a ella “mejor empieza a correr”. Después la habrían golpeado con un garrote. Cuando llegó a la estación local de la policía para presentar una denuncia, el jefe policial de guardia se habría negado a recibir su denuncia y la llevó a un hospital cercano, donde se verificó que sufrió fracturas de nariz y pómulo. No hubo registro alguno de su presencia en la estación de policía.

Personas privadas de libertad


Dentro del esquema de reclusión y personas privadas de su libertad, son las personas LGBTIQ+ quienes enfrentan un riesgo mayor de violencia sexual y otros actos de violencia y discriminación, tanto a manos de otras personas privadas de libertad como por parte del personal de seguridad.
Las mujeres trans, por ejemplo, suelen ser encarceladas en prisiones para varones y esto las lleva a encontrarse en riesgo permanente y sufrir violencia sexual. Aunque esta separación de hombres gay y mujeres trans de la población general de internos se justifica para “cuidarlxs”, las condiciones de vida son inferiores en estas celdas junto con un gran nivel de estigmatización debido a estas medidas de segregación. Las medidas tomadas para proteger a las personas LGBT privadas de libertad no deben incorporar mayores restricciones a sus derechos que las experimentadas por la población penitenciaria general.
Para la clasificación y distribución, se debe alojar a lxs reclusxs LGBTIQ+ en el entorno que mejor garantice su seguridad. La violencia cometida contra ellxs se agrava por la impunidad que prevalece en los casos de tortura y aislamiento. Ello es particularmente cierto cuando son los guardias y demás agentes estatales quienes cometen estos actos de violencia, ya que las víctimas tienden a no denunciar estos delitos por temor a mayor victimización y violencia.


SALUD Y VIOLENCIA MÉDICA


Si bien la institucionalidad del sistema de salud siempre comprende varias situaciones de violencia por parte de médicxs, enfermerxs y demás encargadxs y partícipes de esta rama del Estado, es precisamente en la comunidad LGBTIQ+ donde su presencia es casi nula, basada en prejuicios y de una calidad preocupantemente baja. Son las corporalidades intersex, trans y personas que conviven con VIH con carga viral positiva quienes son más vulnerables a ser negadxs, invisibilizadxs y dejadxs de lado por el sistema de salud.

Violencia médica contra personas intersex


En el caso de las personas intersex, las  violaciones generalizadas de derechos humanos sobre ellxs es debido a que sus cuerpxs no se ajustan al estándar socialmente aceptado de cuerpos “femeninos” y “masculinos”: no resulta nuevo comprender que esta mirada viene de una sociedad que pretende encasillar todo dentro de un binarismo reduccionista que niega otras formas de autopercepción y representación fuera de este binarismo hegemónico.
Las violaciones de derechos humanos específicas que comúnmente sufren las personas intersex incluyen:
Ø  cirugías irreversibles de asignación de sexo y de “normalización” de genitales (suelen darse en la primera infancia e incluso a pocos minutos de vida dentro de un consenso –o no- entre lxs xadres y médicxs);
Ø  esterilización involuntaria;
Ø  sometimiento excesivo a exámenes médicos, fotografías y exposición de los genitales;
Ø  falta de acceso a información médica e historias clínicas;
Ø  retardos en el registro de nacimiento;
Ø  negación de servicios o seguros de salud, entre otras.

Estas intervenciones son parte de una práctica estándar en países latinoamericanos. Asimismo, no tienen beneficios médicos, y son tomadas como cirugías cosméticas porque su único propósito es hacer que lxs cuerpxs se parezcan más a  aquellos cuerpos dominantes, o sea, binarios. La urgencia –por parte de lxs xadres, la comunidad médica y civil- de realizar estas cirugías durante la infancia está basada en la imposibilidad de aceptar que un niñe pueda no ser clasificade como masculino o femenino, y en la idea de que esa incertidumbre pueda generar un obstáculo en su desarrollo y vida adulta, llevar a cabo una vida “normal”[5].
En otras palabras, estas cirugías son innecesarias y son comprendidas como formas culturalmente aceptadas de mutilación genital infantil. Generan enormes daños en niñes y adultes intersex, como dolor crónico, trauma permanente, insensibilidad genital, esterilización y capacidad reducida o pérdida de la capacidad de sentir placer sexual; además, estas intervenciones involucran varias cirugías invasivas que suelen “someter a niños y niñas intersex a exposiciones abusivas así como a exámenes repetitivos con fines científicos o de entrenamiento, que constituyen tratos humillantes y pueden causarles daños psicológicos profundos”.
Una situación muy recurrente es que se las someta a las personas intersex a procesos de dilatación vaginal regular luego de una vaginoplastia, a través de la forzosa y reiterada introducción de un objeto en la vagina -prácticamente un abuso- y, en la gran mayoría de los casos, se llevan a cabo sin el consentimiento de la persona o sus tutores legales. El Relator de Naciones Unidas para el derecho a la salud lo ha descrito como “un procedimiento doloroso y de alto riesgo sin que tenga beneficios médicos comprobados”. Suelen realizarse, junto con otras cirugías, como una forma de “normalización” genital donde el consentimiento de las personas no es un requisito legal: las disposiciones legales que establecen que situaciones de urgencia médica autorizan a médicxs a realizar intervenciones en niñxs en ausencia del consentimiento de lxs xadres, han sido utilizadas en casos de estas cirugías de “normalización” de los genitales. En otros casos, lxs doctorxs consultan a lxs familiares pero les proporcionan poca o ninguna información sobre las implicaciones de los procedimientos.

Recorte en hormonas para la comunidad travesti, trans y no binarie


En octubre de 2019, dentro de la gestión de gobierno del ex Presidente Mauricio Macri, se dio a conocer que “los laboratorios que proveen los tratamientos hormonales para la comunidad travesti, trans y no binarie en Argentina se habían bajado de las licitaciones del Estado y habían dejado de entregar desde julio del año pasado”[6]. A partir de eso, autoconvocadxs de la comunidad travesti, trans y no binarie comenzó a organizarse personas para generar estrategias para sostenerse ante esta ausencia del Estado.
Si bien el gobierno de Mauricio Macri se caracterizó por el recorte a importantes áreas públicas, fanfarronería y uso excesivo de las fuerzas de seguridad, unos de últimos recorte drásticos que llevaron a cabo fue el recorte en hormonas. “Por un tema de ajustes y falta de pago por parte del Gobierno, los laboratorios que fabrican testosterona, decidieron no entregarla más al Estado, ya que estaban yendo a pérdida, prefiriendo abonar las multas” explicaban en su momento desde Movimiento de Juventudes Trans[7]. Dicha situación, no cumple el artículo 11 de la Ley de Identidad de Género (Ley 26.743): “[…] derecho al libre desarrollo personal, que establece el acceso a tratamientos integrales hormonales, garantizado por el sistema de salud público.”
La interrupción de los tratamientos de hormonas crea complicaciones metabólicas en lx cuerpx y alteraciones en el funcionamiento; además de que los cambios ya provocados por las hormonas se pueden revertir al dejar de tomarlas. Asimismo, afecta directamente a la salud mental de las las personas trans, travestis y no binaries –además de su salud física-.


Recorte en tratamiento contra el VIH/SIDA y ETS


Otro caso de recorte –dentro de la misma época en la era macrista que afecto directamente en la salud de integrantes de la comunidad LGBTIQ+ fue el que se realizó sobre los tratamientos contra el VHI/SIDA y ETS. Por cuatro meses –desde agosto hasta diciembre del 2019-, lxs pacientes con VIH -que no eran personas gestantes o que no se les haya detectado el virus recientemente- no pudieron conocer su cantidad de carga viral. En su momento, el director ejecutivo de Fundación Huésped, Leandro Cahn, alertó que “además de no saber si eventualmente pueden transmitir el virus, no vamos a poder saber si la medicación que están tomando está logrando el efecto buscado de disminuir el virus en sangre”[8].
Los hospitales con escasez de reactivos fue un hecho muy marcado y preocupante. Un caso fue el del Hospital Posadas –Buenos Aires- en el que había una restricción de reactivos para que sean suministrados en casos de urgencia y embarazadas.
A esto se le suma la problemática de la devaluación y, como si fuera poco, “el monopolio existente de las farmacéuticas que venden los reactivos” –explicado por José Di Bello, presidente de la Fundación Grupo Efecto Positivo (GEP)-. Asimismo, “no se respetan los precios inicialmente acordados, entonces no se pueden hacer las compras”[9].






SISTEMA JUDICIAL, DISCRIMINACIÓN Y VIOLENCIA ESTATAL


Para terminar el análisis y enfoque en la violencia hacia la comunidad LGBTIQ+, esta última parte apunta al sistema judicial como núcleo y nodo en donde se produce la mayor discriminación de manera sistemática y penetra directamente en la calidad de vida de l*s integrantes de la comunidad.


Criminalización entre personas del mismo sexo e identidades no normativas


Si bien las relaciones homosexuales son legales en la mayoría de los países latinoamericanos, en el Caribe hay otra realidad. En nueve Estados caribeños todavía se considera un delito, son los casos de: Barbados; Guyana; Jamaica; San Vicente y Granadinas; y San Cristóbal y Nieves. En todas, hay leyes que tipifican a las relaciones entre personas del mismo sexo bajo el delito de “sodomía”, o –como es en caso de Granada- bajo “conexión contra natura”. En Antigua y Barbuda, Dominica y Santa Lucía sólo se consideran ilegales las relaciones homosexuales entre varones.
Jamaica tiene legislación que condena la homosexualidad hasta con 10 años de cárcel y con trabajos forzados. Además de ser víctimas ser tratadxs como enfermxs, hay un acoso policial sistemático y tortura. Según el Observatorio de DDHH de Jamaica, la policía apoya activamente la violencia homófoba, y “es ineficaz a la hora de investigar denuncias de abuso, y detiene a hombres simplemente por sus conductas supuestamente homosexuales”. Por otro lado, Amnistía Internacional expuso en un informe en 2017 que “como las personas transgénero seguían sin poder cambiar legalmente de nombre y de género, a las organizaciones LGBTI les preocupaba que el sistema de identificación nacional propuesto pudiera socavar la intimidad de las personas transgénero y exponerlas a la estigmatización y la discriminación de, entre otros, potenciales empleadores”[10].
En Guyana, si bien las mujeres y representaciones lésbicas sufren discriminación, sólo es ilegal ser homosexual para los varones. Quienes mantenga relaciones homosexuales pueden ser condenados de a dos años de prisión a cadena perpetua. Si bien se ha intentado cambiar esta legislación, varios grupos políticos y religiosos han mostrado su rechazo.
La isla de Barbados posee una ley que puede llevar a cadena perpetua a las personas homosexuales, aunque esté en desuso esa misma ley. Desde organizaciones y figura públicas,  -como Rihanna- han expresado su repudio y apoyado la derogación de las leyes homofóbicas; incluso la Iglesia Católica y Anglicana consideran a la homosexualidad como “moralmente incorrecta”, no creen que sea punible.
Antigua y Barbuda penalizan la homosexualidad con 15 años de prisión entre adultxs y 5 años si se produce entre menores de edad. Asimismo, no hay leyes que protejan a la comunidad LGBTIQ+.


 

Leyes contra la “sodomía”


El origen de estas leyes se remonta a la época colonial y las disposiciones legales británicas y/o españolas. Si bien casi todos los países latinoamericanos han despenalizado relaciones sexuales consensuales entre personas adultas del mismo sexo, todavía hay Estados en los lo que se criminaliza y toman medidas punitivas. Dependiendo el país, las tipificaciones legales pueden variar: la “sodomía”, los “delitos contra el orden natural”, o “delitos de conexión no-natural”.
Estas leyes introducidas por colonos –más que nada, ingleses- prohibían la “sodomía” y los “actos contra el orden natural”, aunque no definían qué alcance legal proponían. En su lugar, dejaron un legado de leyes que tienden a equiparar las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo con el “bestialismo” y que no distinguen el tipo de relación entre las personas involucradas -consensuales y no consensuales; comerciales y no comerciales; privados o públicos-.
A partir de la década de los 80’, varios países caribeños han modificado sus legislaciones en torno a los delitos sexuales -respecto a la sodomía, los “crímenes contra natura” y demás delitos similares- para hacerlas aún más estrictas. Las Bahamas es el único país caribeño que ha despenalizado las relaciones sexuales consensuales en privado entre adultxs.

Leyes de “indecencia seria” o “indecencia grave”


Otro tipo de leyes que afectan directamente la calidad de vida de lxs integrantes de la comunidad LGBTIQ+ son las que tienen que ver con la “indecencia seria” o “indecencia grave”. Estas, tienen un impacto diferente dependiendo la identidad de género y sexual.
Las leyes contra la “indecencia” varían en especificidad y alcance. Varios países utilizan usando estatutos de la época colonial que no definen el término ni alcance de la “indecencia grave”, aunque se utilizó históricamente para prohibir la conducta sexual entre varones.
En algunos casos, “indecencia seria” se refiere a “un acto, aparte del sexo (sea natural o anti-natural), cometido por una persona, que implica el uso del órgano genital con el objetivo de provocar o satisfacer el deseo sexual”. El término “indecencia seria” actualmente es neutral: se aplica tanto a parejas heterosexuales como homosexuales. O sea, se criminaliza el sexo entre mujeres.


Legislación que criminaliza identidades y expresiones de género no normativas 

Además de las legislaciones que criminalizan las relaciones sexuales consensuales entre personas adultas del mismo sexo, Guyana posee legislación que criminaliza el uso de prendas de vestir socialmente atribuidas a otro género: criminaliza las formas de expresión de lxs cuerpxs no normativos. Esto sólo hace que se refuercen los estereotipos de género y sus formas de expresión. Para llevar a cabo esto, se utiliza el uso excesivo de la fuerza, más que nada, contra aquellos cuerpxs dentro del paraguas trans-no binarie.
Si bien hay una gran cantidad de ejemplos que exponen la violencia excesiva que recibe el colectivo travesti trans y no binarie por su performance de género, la CIDH expone este: siete personas que resultaron detenidas y acusadas de expresar otro tipo de género que “no le corresponde” en la ciudad de Georgetown, Guyana, entre los días 6 y 7 de febrero de 2009. No se les habría permitido hacer una llamada o contactar a un abogadx, fueron objeto de burlas por parte de agentes de la policía, y no se les habría informado sobre los cargos presentados en su contra. El 9 de febrero, fueron condenadas y multadas. Se interpusieron recursos de apelación y la Corte Constitucional emitió su sentencia el 6 de septiembre de 2013, decidiendo que el uso de prendas de vestir atribuidas a otro género en público no es un crimen a menos que se haga con un “fin inapropiado”.


Legislación para proteger la “moral pública” y su impacto en la violencia


Existen también leyes y regulaciones que si bien no penalizan directamente las expresiones de género ni actividad sexual fuera de la heteronorma, son interpretadas y aplicadas para criminalizar a las personas del colectivo LGBT. Leyes tales como contra la “vagancia”, leyes que buscan proteger la “moral pública” o la “conducta apropiada”, y leyes que penalizan la conducta considerada como “indecente”, “obscena”, “provocativa” o “afrentas contra la moral pública y las buenas costumbres”.
Estas resoluciones aumentan y exacerban el abuso policial, la extorsión, los malos tratos y los actos de violencia. Más que nada, son lxs cuerpxs trans que sufren más de estas resoluciones en la vía pública. Hay ciertas disposiciones legales, como las ordenanzas y códigos contravencionales, que son utilizadas para discriminar a las personas en base a su orientación sexual y a lxs trabajadorxs sexuales. Estas leyes basadas en “proteger” la moral pública otorgan a la policía, jueces y juezas, un nivel poder que puede llevar a abusos contra sus cuerpxs.
Otro aspecto que se les critica es el uso de un lenguaje impreciso que permite una aplicación arbitraria sobre lxs cuerpxs LGBTIQ+, más que nada sobre lxs cuerpxs trans. No sorprende ver evidencia de agentes de seguridad que han estas leyes para acosar, especialmente a trabajadoras sexuales trans.
En algunas provincias de Argentina, la policía utiliza Códigos de Faltas y Códigos Contravencionales para criminalizar, acosar y perseguir. Esto tipo de códigos constituyen una herramienta para el control social y cultural que vulnera principios constitucionales y derechos humanos.
Por otro lado, la aplicación de estas disposiciones legales se dan en su gran mayoría por los prejuicios en manos de agentes de seguridad. En consecuencia, estas disposiciones legales y normativas tienden a ser utilizadas directamente contra las manifestaciones públicas de afecto entre parejas del mismo sexo, como es el caso de Mariana Gómez quien fue condenada a un año de prisión en suspenso por supuesta resistencia a la autoridad al ser detenida por besar a su esposa en Constitución[11].
Asimismo, existen leyes que prohíben la “vagancia”, la solicitación, y el uso de prendas “tradicionalmente atribuidas a otro género que son aplicadas de manera desproporcionada a mujeres trans trabajadoras sexuales, en comparación con otras trabajadoras sexuales, y de formas que generan mayor violencia”. Desgraciadamente, muchas trabajadoras sexuales trans son arrestadas de manera arbitraria con base en su identidad y/o expresión de género. Por eso, se enfrentan mucho más a detenciones arbitrarias y discriminación que aquellas trabajadoras sexuales cisgénero.


Impacto en la calidad de vida y reflexiones


En general, estas leyes ya nombradas son utilizadas para acosar y perseguir a las personas por su orientación sexual o identidad de género. Asimismo, crea  una situación de estigmatización, discriminación y condena tanto a la expresión como a la defensa de los derechos LGBTIQ+. Estas las leyes expuestas anteriormente –que son explícitamente contra las muestras de expresión y deseo no heteronormativo-, no podrían llevarse a cabo sin otras leyes que amparen el uso de la fuerza represora y restrictiva contra lxs cuerpxs.
Se refuerzan prejuicios y estereotipos sociales, aumentan las resistencias violentas hacia las existencias maricas y el desprecio hacia ellas. La criminalización de las formas de representación y relaciones no heteronormadas también generan una estigmatización sobre sus cuerpxs al relacionarlxs con la delincuencia: la idea de que son criminalizadxs porque son criminales, y no porque el sistema es homo-lesbo-bi-transfóbico.
Esto sólo agranda la brecha en la calidad de vida e inserción en la sociedad de las personas LGBTIQ+. No permite la protección del sistema de justicia, ni del sistema de salud o al sistema de trabajo.
Además, la estigmatización también genera que no se denuncien acciones contra los derechos humanos o tratos inhumanos por aparte de empleadorxs, acoso, violencia policial, etcétera. Por eso, la violencia se vuelve invisible, lo que a su vez incentiva más violencia.
A esto se le suman los tratos inhumanos por parte de las fuerzas de seguridad y la represión resguardada por estas leyes mencionadas, reproduciendo así la violencia hacia la comunidad LGBTIQ+ y el apoyo sistemático a su segregación y abandono por parte del Estado; este mismo abandono se ve reflejado en mayor medida en la negación al sistema de salud y recorte en las áreas que afectan directamente a la salud de la comunidad.

Los puntos mencionados en este desarrollo están pensados para rever y poner en discusión las áreas principales en las que se ataca sistemáticamente la calidad de vida de la comunidad LGBTIQ+. Si bien el movimiento y resistencia es lo único que consigue los derechos básicos para sobrevivir, quedan todavía varias aristas que deben conquistarse.
Fueron l*s que estuvieron antes que consiguieron un trato humano y reconocimiento ante el Estado y pusieron en discusión la problemática LGBTIQ+ y la reiterada invisibilización impuesta por parte de los organismos públicos, como también la reproducción de la violencia y su justificación. Queda un largo camino para el reconocimiento de las existencias no heteronormadas pero si hay algo que l*s marikas poseen –poseemos-, es valentía. La misma, debe ser pluralizada para generar la materia de transformación: no sólo debe provenir de quienes somos parte de la comunidad sino también de quienes se encuentran fuera de ella. Si la lucha no encuentra un espacio donde sea invitada y escuchada, la haremos esparcir desde la resistencia de abajo, con lxs desclasadxs, lxs invertidxs, lxs promiscuxs, lxs orillerxs y todo lo que la heteronormatividad considere ajena. La riqueza de nuestra pluralidad es la resistencia de nuestras vidas. Vidas marikas que merecen ser contadas. Existencias ajenas al capitalismo, que pretende denunciarnos y matarnos porque no les servimos: aquello que se nos niega jamás pasará desapercibido porque nuestro acto más terrorista es permanecer.







[i] Informe “Violencia contra Personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersex en América”. CIDH, 2015.
[ii] Defensora de derechos humanos y activista trans argentina. Promotora del Cupo Laboral Trans en Argentina.

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